Derogada/o por: Decreto Nº 137/016 de 09/05/2016 artículo 22.
Visto: el artículo 16 de la ley 14.312 de 10 de diciembre de 1974 y la
ley 14.463 de 17 de noviembre de 1975.
Resultando: I) Que al ratificar nuestro Gobierno el Convenio de OIT Nº
96 sobre agencias privadas de colocación ha optado por permitir su
funcionamiento mediante la correspondiente reglamentación legal.
Considerando: I) Que es cometido legal del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social regular, por intermedio de la Dirección Nacional de
Recursos Humanos, el funcionamiento de las agencias privadas de
colocación;
II) Que el Convenio de OIT Nº 96 establece disposiciones reglamentarias
acordes con una política nacional al respecto.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA: