MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Dentro de un plazo de 60 días a contar desde el vencimiento del plazo fijado en el artículo 4º, todas las agencias incluidas en este decreto, deberán solicitar a la Dirección Nacional de Recursos Humanos, una licencia habilitante sin cuyo otorgamiento no podrán continuar funcionando.Ayuda