Fecha de Publicación: 20/07/1979
Página: 181-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 3

   Exceptúanse de este decreto, la colocación de la gente de mar y los periódicos u otras publicaciones siempre que no tengan por objeto exclusivo o principal el de actuar como intermediarios entre
empleadores y trabajadores.
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