REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.252, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 16/01/1975
Publicación: 28/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 79
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 330, 
331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 
346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359 y 
360.

CAPITULO VIII - EXONERACIONES

Artículo 82

Reserva. - Los contribuyentes que se amparen al beneficio que se
reglamenta, deberán crear una reserva denominada "Reserva por
reinversiones", cuyo único destino será la capitalización y que se
integrará exclusivamente con utilidades generadas en el ejercicio que se
liquida. La exoneración estará limitada por el monto de las ganancias
comerciales del mismo ejercicio a los efectos de constituir dicha
reserva.
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