RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1973




Promulgación: 22/08/1974
Publicación: 29/08/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 447
Referencias a toda la norma

CAPITULO XII - NORMAS TRIBUTARIAS
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO

Artículo 360

   Vigencia.- Este impuesto regirá para los Ejercicios que se inicien a 
partir del 1° de enero de 1974. 
   Derógase, a partir de la vigencia indicada en el inciso anterior el 
Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio a que se refieren los 
artículos 75 a 88 del Texto Ordenado, Ley N°14.100, de 29 de diciembre de 
1972.(*)  

                            


(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 52/975 de 16/01/1975.
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