RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1973




Promulgación: 22/08/1974
Publicación: 29/08/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1974
  •    Página: 447
Referencias a toda la norma

CAPITULO XII - NORMAS TRIBUTARIAS
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO

Artículo 331

   Rentas comprendidas.- Constituyen rentas comprendidas: 

   A) Las derivadas de la utilización conjunta de capital y trabajo 
      aplicados a actividades lucrativas regulares; 
   B) Las derivadas del arrendamiento, cesión del uso o de la enajenación 
      de marcas, patentes, modelos industriales o privilegios, siempre 
      que sean realizadas por titulares domiciliados en el exterior a 
      sujetos pasivos de este impuesto. 
   C) La asistencia técnica prestada a los sujetos pasivos de este 
      impuesto, por personas físicas o jurídicas domiciliadas en el 
      exterior; 
   D) Las derivadas de la actividad de comisionista, corredor, rematador, 
      despachante de aduana y corredor de cambio, siempre que el factor 
      productivo predominante no lo constituya su actividad personal. 
   E) Dividendos o utilidades acreditados o paga por sujetos pasivos de 
      este impuesto, a personas físicas o jurídicas domiciliadas en el 
      exterior. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
Reglamentado por: Decreto Nº 52/975 de 16/01/1975.
Ver en esta norma, artículos: 339 y 352.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112,
      T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 99 - Título 4.
Ayuda