Gastos deducibles. - Se considerarán comprendidas dentro de los gastos
deducibles las cantidades necesarias para ingresar o mantener las
reservas matemáticas de las compañías de seguros, capitalización, etc.,
destinadas a atender las obligaciones contraídas con sus asegurados o
tenedores de títulos. La Dirección de la Oficina que facultada para
establecer por resolución la forma de cálculo de las mencionadas reservas
en función de concepciones técnicas generalmente admitidas.