REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.252, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 16/01/1975
Publicación: 28/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 79
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 330, 
331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 
346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359 y 
360.

CAPITULO VI - AJUSTE DE RESULTADOS

Artículo 54

Resultados del ejercicio. - Las diferencias de cambio y los intereses por
financiación constituirán resultados del ejercicio en que se produzcan o
se devenguen según el sistema seguido por el contribuyente. Las
integraciones y rescates de capital en sociedades anónimas, cualquiera
fuera la cotización, no determinan resultados computables.

     La disposición precedente se aplicará a las sociedades en comandita
por acciones por su capital accionario.
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