REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.252, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 16/01/1975
Publicación: 28/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 79
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 330, 
331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 
346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359 y 
360.

CAPITULO IV - VALUACION Y AJUSTE DEL ACTIVO

Artículo 34

Aplicación de coeficientes. - El valor fiscal de los bienes inmuebles del
activo fijo será el que resulte de deducir de su valor de costo, o de
costo revaluado, el importe de las amortizaciones acumuladas
correspondientes al período de vida útil transcurrido. El costo de las
inversiones se multiplicará por los coeficientes de revaluación que
correspondan. Cuando el ejercicio económico no coincidiera con el año
civil, podrá aplicarse a las compras de cada ejercicio el coeficiente de
revaluación que corresponda al año en que termina el ejercicio.
Ayuda