REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.252, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 16/01/1975
Publicación: 28/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 79
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 330, 
331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 
346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359 y 
360.

CAPITULO IV - VALUACION Y AJUSTE DEL ACTIVO

Artículo 32

Avalúo de inmuebles provenientes de fraccionamientos. - Quienes realicen
la actividad de fraccionamiento y venta de inmuebles, incluirán en el
costo de los mismos las inversiones que aumenten su valor, salvo lo
establecido en el inciso siguiente. Las inversiones que afectaran el
costo de inmuebles ya vendidos o prometidos en venta, que no hubieran
sido incluidas en la determinación de dichos costos por haber sido
realizadas con posterioridad, se amortizarán a cuota fija en un plazo de
3 a 6 años, contados a partir del ejercicio en que se realizó la
inversión.
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