REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.252, EN LO RELATIVO AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 16/01/1975
Publicación: 28/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 79
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículos 330, 
331, 332, 333, 334, 335, 336, 337, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 
346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359 y 
360.

CAPITULO IV - VALUACION Y AJUSTE DEL ACTIVO

Artículo 21

Avalúo y determinación de bienes recibidos en pago. - Los bienes
recibidos en pago de créditos provenientes de la actividad, se ingresarán
al activo por el valor que resulte de las normas que regulen la valuación
de las rentas en especie, ajustados en las cantidades pagadas o
percibidas con motivo de la operación. Los resultados de la enajenación
de dichos bienes se determinarán por la diferencia entre el precio de
venta y el valor fiscal que tengan a la fecha de la enajenación.
Ayuda