VISTO: lo dispuesto en el literal O del artículo 127 de la Ley N° 18.719
de 27 de diciembre de 2010.
RESULTANDO: Que a partir de la promulgación de la ley referencia en el
Visto del presente Decreto la competencia de la Oficina Nacional del
Servicio Civil ha sido ampliada asignándosele un rol preponderante en
materia de diseño, definición y regulación de políticas de administración
de Recursos Humanos.
CONSIDERANDO: I) Que a la Oficina Nacional del Servicio Civil le compete
planificar las necesidades de Recursos Humanos así como ejecutar todas las
actividades referidas al reclutamiento y selección de personal en dicho
ámbito.
II) Que a esos efectos se le asignó la competencia de instrumentar y
administrar un Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal a ser
aplicado en forma gradual.
III) Que de conformidad con lo dispuesto por la norma citada en el Visto
del presente decreto corresponde su reglamentación en un plazo de ciento
veinte días a partir de su aprobación
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA: