REGLAMENTACION DEL REGISTRO DE PROYECTOS DE FOMENTO ARTISTICO CULTURAL, DEL FONDO CONCURSABLE PARA LA CULTURA Y EL CONSEJO NACIONAL DE EVALUACION Y FOMENTO DE PROYECTOS ARTISTICO CULTURAL




Promulgación: 01/10/2007
Publicación: 08/10/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 811
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 31,
      Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículos 235, 236, 237, 238, 239, 240, 
241, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249 y 250.
Referencias a toda la norma
VISTO: Lo dispuesto por los artículos 235 y siguientes de la Ley 17.930,
de 19 de diciembre de 2005 y el artículo 31 de la Ley 18.046, de 24 de
octubre de 2006.

CONSIDERANDO: Que las referidas normas estatuyen un sistema de incentivo a
las actividades artístico culturales, que requiere ser reglamentado.

ATENTO: A lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución
de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA: 

Artículo 1

 Reglaméntase el Registro de Proyectos de Fomento Artístico Cultural, el
Fondo Concursable para la Cultura y el Consejo Nacional de Evaluación y
Fomento de Proyectos Artístico Cultural (artículos 235 a 250 de la Ley
17.930, de 19 de diciembre de 2005 y artículo 31 de la Ley 18.046, de 24
de octubre de 2006), en los términos siguientes:

TABARE VAZQUEZ - JORGE BROVETTO - MARIA B. HERRERA - MARIO BERGARA - MARTIN PONCE DE LEON - HECTOR LESCANO  
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