Reglamentario/a de: Ley Nº 16.713 de 03/09/1995 artículos 4, 5, 6, 7, 8,
9, 10, 11, 12, 13, 14, 44, 45, 46, 47, 48 y 49.
TITULO I - DEL REGIMEN DE JUBILACION POR SOLIDARIDAD INTERGENERACIONAL CAPITULO XI - SERVICIOS BONIFICADOS
Artículo 47
(Servicios Bonificados). Hasta tanto el Poder Ejecutivo no efectúe la
revisión de la bonificación de servicios de acuerdo con el artículo 38 de
la Ley, se mantienen vigentes las actuales bonificaciones.