LEY DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 03/09/1995
Publicación: 11/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 298
Referencias a toda la norma

TITULO II - DE LA INCORPORACION A LOS REGIMENES
CAPITULO UNICO - DE LOS NIVELES DE COBERTURA

Artículo 9

   (Instrumentación de la opción).- Las distintas formas de ejercicio del
derecho de opción previstas por la presente ley, así como las
correspondientes comunicaciones al Banco de Previsión Social y otras que
sean pertinentes, serán reguladas por la reglamentación.  (*)

(*)Notas:
Reglamentado por:
      Decreto Nº 125/996 de 01/04/1996,
      Decreto Nº 399/995 de 03/11/1995.
Ver en esta norma, artículo: 62.
Referencias al artículo
Ayuda