MODIFICACION DEL DECRETO 220/998 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DEL IVA




Promulgación: 18/06/2007
Publicación: 26/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1251
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 
21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32,
      TO 1996 (Decreto 338/996) de 28/08/1996 artículos 1 - Título 10, 2 - 
Título 10, 5 - Título 10, 6 - Título 10, 9 - Título 10, 9 - BIS Título 10, 
11 - Título 10, 12 - Título 10, 13 - Título 10, 16 - Título 10, 18 - 
Título 10, 19 - Título 10, 20 - Título 10 y 70 - Título 10.
Referencias a toda la norma

Agregación de valor sobre bienes inmuebles

Artículo 44

 Hecho generador.- A los efectos del literal D) del artículo 2º Título 10 del Texto Ordenado 1996, se entiende por realización de obras bajo la modalidad de sistema de administración, a todos aquellos contratos que cumplan simultáneamente con las siguientes condiciones:

a) El titular de la obra sea sujeto pasivo del Aporte Unificado de la 
   Construcción por los servicios personales vinculados a la misma.

b) La obra no califique dentro del sistema de contratación. Se entenderá 
   por sistema de contratación a aquel mediante el cual la empresa 
   constructora suministra la totalidad de los materiales de la obra y 
   presta la totalidad de los servicios de construcción.

El sistema de administración comprende el arrendamiento de obra con y sin entrega de materiales y al arrendamiento de servicios.
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