REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 62 A 71 DE LA LEY 19.315 (LEY ORGANICA POLICIAL)




Promulgación: 29/12/2016
Publicación: 11/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 62, 63, 64, 65, 
66, 67, 68, 69, 70 y 71.

TÍTULO IV - DE LAS JUNTAS CALIFICADORAS
CAPÍTULO III - INTEGRACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE CALIFICACIÓN Y DE LAS SECRETARIAS DE LAS JUNTAS CALIFICADORAS

Artículo 42

   Para el ascenso al grado de Comisario General o Comandante General de todos los Sub Escalafones, el Tribunal de Calificaciones Nacional estará integrado por el Director General de Secretaria, el Director de la Policía Nacional y el Sub Director General de Secretaria como titulares. El Sub Director de la Policía Nacional actuará como suplente de cualquiera de los mencionados.
   Un Oficial Superior oficiará como Secretario con voz y sin voto. 
   Todos los mencionados serán designados por el Ministro del Interior.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 74 (vigencia).
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