El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 62, 63, 64, 65,
66, 67, 68, 69, 70 y 71.
TÍTULO II - DE LOS FACTORES DE LAS CALIFICACIONES CAPÍTULO I - DE LA VALORACIÓN DE LOS FACTORES POSITIVOS SECCIÓN VI - TAREAS VINCULADAS A LAS ÁREAS DE PREVENCIÓN, DISUASIÓN Y REPRESIÓN DE LA CRIMINALIDAD
Artículo 24
Los Jerarcas Máximos de las Unidades Ejecutoras, deberán comunicar antes del 15 de enero de cada año a los Departamentos u Oficinas de Recursos Humanos, a las Secretarias de las Juntas Calificadoras y simultáneamente a la Dirección de la Policía Nacional, mediante oficio refrendado con sus firmas, la nómina del personal que cumple con los requisitos exigidos precedentemente, a los efectos de recibir los 40 puntos positivos anuales.
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 412/018 de 17/12/2018 artículo 13.
Ver en esta norma, artículo:74 (vigencia).