MODIFICACION DEL DECRETO 431/016. LEY ORGANICA POLICIAL




Promulgación: 17/12/2018
Publicación: 27/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: El Decreto 431/016 de 29 de diciembre de 2016.

   RESULTANDO: que el referido Decreto regula el sistema de calificaciones y ascensos del personal policial conforme con la nueva Ley Orgánica Policial, Ley 19.315 de 18 de febrero de 2015, la cual comenzó a regir a partir del 01 de enero del 2016.

   CONSIDERANDO: que es necesario la realización de ajustes a dicho sistema, con la finalidad de reflejar en forma justa y objetiva la actuación del personal del Escalafón "L" Policial.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

   (*)

       

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 9.

Artículo 2

   (*)

        

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 15.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 17.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 18.

Artículo 5

   (*)

        

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 19.

Artículo 6

   (*)
   

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 artículo 21 
inciso 2º).

Artículo 7

   (*)



(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 23 literales D), E), F), G) y H).

Artículo 8

   Derógase el inciso 2° del artículo 26, y los artículos 27 y 28 del Decreto 431/016 de 29 de diciembre de 2016.

Artículo 9

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 29.

Artículo 10

   (*)
        

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 30.

Artículo 11

   (*)

        

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 artículo 31 
inciso 2º).

Artículo 12

   (*)

        

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 artículo 35 
incisos 2º) y 3º).

Artículo 13

   Modifícanse los plazos establecidos en los artículos 24, 26, 32, 38 y 69 del Decreto 431/016 por el día 28 de febrero de cada año.

Artículo 14

   (*)

       

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 431/016 de 29/12/2016 
artículo 61.

Artículo 15

   Derógase el inciso 2° del artículo 73 del Decreto N° 431/016.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 16

   El Informe Funcional Anual o Evaluación de Desempeño establecido en el artículo 9 del Decreto 431/016 del 29 de diciembre de 2016 con el que contarán los integrantes del Sub escalafón ejecutivo "L" Personal Policial para la calificación 2018, tendrá un otorgamiento de un máximo de 30 (treinta) puntos en la forma que disponga el Ministro del Interior.

Artículo 17

   Establézcase para aquellos funcionarios que aprobaron con la nota máxima (10) el curso de pasaje de grado bajo el plan de estudios anterior al año 2016, una valoración de 30 (treinta) puntos positivos correspondientes a trabajo académico destacado.

Artículo 18

   El presente Decreto será de aplicación para la Calificación 2018 y siguientes.

Artículo 19

   Comuníquese, publíquese, oportunamente, archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI
Ayuda