REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 627 A 635 DE LA LEY 20.446, RELATIVOS AL REGIMEN DE ENVIOS POSTALES INTERNACIONALES EN SUS DISTINTAS MODALIDADES




Promulgación: 12/03/2026
Publicación: 19/03/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículos 627, 628, 629, 
630, 631, 632, 633, 634 y 635.

Artículo 15

   Aplicación de prestación única en casos de incumplimiento de las condiciones del régimen de envíos postales internacionales.- Cuando se verifique el incumplimiento de las disposiciones que regulan el presente régimen en los términos previstos por el artículo 632 de la Ley que se reglamenta y sin perjuicio de la multa prevista por ese artículo, el titular de la operación de importación que se haya pretendido amparar a alguna de las franquicias, perderá el derecho de uso de la misma para esa operación, siendo de aplicación respecto a ella la prestación única tributaria prevista por el inciso primero del artículo 627 de la Ley 20.446.

   En estos casos, la operación no computará, a los efectos de las limitaciones previstas por los artículos 2 y 4 literal c) del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 18 (vigencia).
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