REGLAMENTACION DE LA METODOLOGIA DE EVALUACION DE LOS PROYECTOS DE INVERSION




Promulgación: 26/11/2007
Publicación: 06/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1254
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.906 de 07/01/1998 artículos 11, 12, 13, 14, 
15, 16, 17, 18 y 19.
Referencias a toda la norma

Artículo 17

 (Nuevas inversiones dentro de los plazos).- Las nuevas inversiones que
realicen las empresas en los períodos en los que estén gozando de los
beneficios establecidos en el artículo 16°, se evaluarán como
incrementales de forma que el recálculo de la matriz podrá dar lugar a
recategorización y extensión de plazos en las condiciones establecidas en
los artículos 5º, 15º y 16º.
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