REGLAMENTACION DE LA METODOLOGIA DE EVALUACION DE LOS PROYECTOS DE INVERSION




Promulgación: 26/11/2007
Publicación: 06/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1254
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.906 de 07/01/1998 artículos 11, 12, 13, 14, 
15, 16, 17, 18 y 19.
Referencias a toda la norma

Artículo 16-BIS

 (Superposición de proyectos). Las empresas que en el mismo ejercicio económico dispongan de más de un proyecto de inversión aprobado por el Poder Ejecutivo con saldo de exoneración del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, podrán exonerar en dicho ejercicio, el menor de los siguientes montos:
a. la suma de los importes correspondientes a las exoneraciones
   computables en dicho ejercicio, de cada proyecto considerado
   individualmente;
b. el que resulte de la aplicación del mayor de los porcentajes
   establecidos en el artículo anterior en dicho ejercicio, para cada uno
   de los proyectos. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 332/010 de 09/11/2010 artículo 3.
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