VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General del Ejército
solicita la creación del Centró Nacional de Fomento y Rehabilitación
Ecuestre, con sede principal en la Escuela de Equitación del Ejército.
RESULTANDO: I) que por el Decreto 11.083 de 28 de febrero de 1948, en
la redacción dada por el Decreto 121/984 de 28 de marzo de 1984, se creó
la Escuela de Equitación del Ejército, aprobándose su organización y
funcionamiento.
II) que desde el año 1996, se dictan en dicha Escuela clases de
rehabilitación ecuestre para personas con capacidades diferentes.
CONSIDERANDO: I) que la rehabilitación ecuestre es reconocida a nivel
mundial como un método en el cual el caballo es utilizado como
herramienta terapéutica, sin eliminar ninguna otra terapia médica que el
paciente requiera, con resultados excelentes en breves períodos de
tiempo.
II) que la Escuela de Equitación del Ejército posee los recursos
humanos idóneos y la infraestructura necesaria para la realización de
estas actividades, sin que se vean afectados sus finalidades y cometidos
reglamentariamente dispuestos.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a la opinión favorable del
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado y a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Creación. Créase el Centro Nacional de Fomento y Rehabilitación
Ecuestre, en el ámbito del Ministerio de Defensa Nacional, el que tendrá
su sede principal en la Escuela de Equitación del Ejército.
Financiamiento.- Los gastos e inversiones del Centro, serán atendidos con
cargo a la Unidad Ejecutora 004 "Comando General del Ejército", Programa
002 "Ejército Nacional", del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional".
Finalidad. El mencionado Centro Nacional tendrá como finalidad:
a) Promover y desarrollar la rehabilitación ecuestre (terapia en
donde el caballo oficia de instrumento terapéutico), como método
científico y alternativa terapéutica complementaria y eficaz, en
el área de la salud y la educación de personas con déficit sensoriales,
motores, cognitivos y/o emocionales, que potenciando sus posibilidades,
apueste a un mayor desarrollo bio-psico-social a través de un abordaje
integral multi e interdisciplinario, que contribuya a una mejor
calidad de vida.
b) Propiciar la formación profesional de técnicos en el conocimiento
y la aplicación del método, así como la capacitación de personas que de
manera voluntaria deseen vincularse con los objetivos del Centro y
puedan actuar como agentes multiplicadores en el medio.
c) Apoyar a los centros y asociaciones educativas o de salud, sin
fines de lucro, con personería jurídica y debidamente habilitados, que
estén comprometidos en el tratamiento de personas con capacidades
diferentes y que utilicen esta disciplina terapéutica. (*)
Estructura Orgánica. El Centro Nacional de Fomento y Rehabilitación
Ecuestre, tendrá los siguientes órganos:
a) Consejo Honorario.
b) Comité Ejecutivo.
c) Secretaría General.
d) Comisión Técnica.
e) Departamento Contable.
Cometidos del Consejo Honorario. El Consejo Honorario tendrá por
cometidos:
a) Ejercer la representación del Centro.
b) Establecer la Política del Centro.
c) Refrendar las decisiones del Comité Ejecutivo.
d) Designar a los miembros de la Comisión Técnica a propuesta del
Comité Ejecutivo.
El Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo dependerá del Coordinador del
Consejo Honorario -el cual es a su vez el Director del Instituto Militar
de las Armas y Especialidades- y estará integrado por el señor Director
de la Escuela de Equitación del Ejército, quien se desempeñará como
Presidente; un representante de cada uno de los Centros del interior del
país, dos representantes por los Centros de Montevideo a los que refiere
el literal c) del artículo 2do.
Cometidos del Comité Ejecutivo. El Comité Ejecutivo tendrá por
cometidos:
a) Implementar la Política del Centro establecida por el Consejo
Honorario.
b) Elevar a consideración del Consejo Honorario antes del 15 de marzo
de cada año, el Plan Anual de Actividades del Centro.
c) Estudiar, elaborar, aplicar y evaluar los planes de actividades de
rehabilitación ecuestre de los distintos Centros, a cuyos efectos
deberá procurar su coordinación con los programas formulados en el
Centro y elevarlos al Consejo Honorario antes del 15 de marzo de cada
año.
d) Convocar a los miembros que estime necesarios de la Comisión
Técnica para el tratamiento de cada tema particular.
e) asignar tareas a la Secretaría General.
f) Promover el contacto e intercambio de experiencias
interinstitucionales.
La Secretaría General. La Secretaría General dependerá del Comité
Ejecutivo y estará integrada por el Jefe de la División Técnica Docente
de la Escuela de Equitación del Ejército, quien se desempeñará como
Secretario General y el personal administrativo necesario para su
funcionamiento.
Cometidos del Secretario General. El Secretario General tendrá por
cometidos:
a) Coordinar las actividades del Centro.
b) Plantear las necesidades logísticas del Centro.
c) Tener a su cargo la Biblioteca y el archivo de la documentación
del Centro.
d) Ejercer la Dirección del personal administrativo que se le asigne
al Centro.
e) Coordinar las actividades de la Comisión Técnica de acuerdo con
las directivas del Comité Ejecutivo.
La Comisión Técnica. La Comisión Técnica dependerá del Comité Ejecutivo
y estará integrada por Profesionales y Técnicos del Area de Ciencias
Sociales, de la Salud, la Educación y el Deporte.
Para ser integrante se requiere poseer título universitario o ser
egresado de la Escuela de Equitación del Ejército.
Cometidos de la Comisión Técnica. La Comisión Técnica tendrá por
Cometidos:
a) El estudio de los temas que el Comité Ejecutivo le asigne.
b) Apoyar el programa de actividades del Centro, de acuerdo a las
directivas que se reciban del Comité Ejecutivo.
c) Mantenerse en permanente contacto con las organizaciones
extranjeras que manejen el tema.
El Departamento Contable. El Departamento Contable dependerá del Comité
Ejecutivo y ejercerá la jefatura del mismo el señor Subdirector de la
Escuela de Equitación del Ejército, quien se desempeñará además como
Tesorero del Centro Nacional de Fomento y Rehabilitación Ecuestre.
Cometidos del Departamento Contable. El Departamento Contable tendrá por
cometidos:
a) Realizar la administración de los recursos que se le asignen. A
tales efectos, delégase en el Tesorero la competencia de ordenador de
gastos, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del T.O.C.A.F. 1996.
b) Registrar, controlar y rendir cuentas al Ministerio de Defensa
Nacional de acuerdo a las normas de Contabilidad y Administración
Financiera a través de su estructura Orgánica.