CREACION DEL CENTRO NACIONAL DE FOMENTO Y REHABILITACION ECUESTRE




Promulgación: 01/07/2003
Publicación: 09/07/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 40

Artículo 11

 Cometidos de la Comisión Técnica. La Comisión Técnica tendrá por 
Cometidos:
a) El estudio de los temas que el Comité Ejecutivo le asigne.
b) Apoyar el programa de actividades del Centro, de acuerdo a las 
   directivas que se reciban del Comité Ejecutivo.
c) Mantenerse en permanente contacto con las organizaciones 
   extranjeras que manejen el tema. 
Ayuda