REGLAMENTACION DE LOS ARTICULOS 76 A 90 DE LA LEY 19.315 (LEY ORGANICA POLICIAL)




Promulgación: 04/01/2016
Publicación: 29/01/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 76, 77, 78, 79, 
80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89 y 90.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VII
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO POLICIAL
SECCIÓN V NORMAS DE ACTUACIÓN PARA LOS FUNCIONARIOS POLICIALES QUE NO SE PRESENTAN AL SERVICIO SIN CAUSA JUSTIFICADA

Artículo 116

   (La notificación) La notificación se practicará dentro de las doce horas siguientes al lapso de cuarenta y ocho horas de inasistencia al servicio, realizándose en el domicilio constituido por el funcionario en el legajo personal.
   La notificación deberá ser firmada por el intimado. En caso que se niegue a la firma, el funcionario comisionado para la notificación, dejará cedulón en lugar visible, del modo que mejor asegure su recepción por el interesado, levantando acta de la diligencia.
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