REGLAMENTACION DE LA METODOLOGIA DE EVALUACION DE LOS PROYECTOS DE INVERSION




Promulgación: 21/04/1998
Publicación: 28/04/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 652
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.906 de 07/01/1998 artículos 11, 12, 13, 14, 
15, 16, 17, 18 y 19.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DECLARATORIA PROMOCIONAL
COMISION DE APLICACION - PROCEDIMIENTOS

Artículo 2

   Corresponderá al Poder Ejecutivo declarar promovidas las actividades
sectoriales específicas.
   Las empresas que proyecten realizar inversiones con destino a su giro,
podrán solicitar se las considere a los efectos de obtener los beneficios
de la declaratoria promocional, presentándose a tal fin a la Comisión de
Aplicación. Quedan comprendidas en la previsión de este artículo las
empresas que desarrollan su actividad en un sector que ya haya sido
declarado promovido por el Poder Ejecutivo, para la obtención de
beneficios complementarios a los ya otorgados a dicho sector.
Referencias al artículo
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