Procedimiento. El procedimiento para el cálculo de las cuotas mensuales
del convenio de facilidades de pago será el siguiente:
a) Deuda por tributos: se determinará el monto de las deudas por
tributos.
b) Deuda actualizada: la deuda por tributos se actualizará en función de
la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumo desde el
mes de vencimiento de la obligación hasta el mes anterior al de la
presentación de la solicitud de amparo al régimen de facilidades.
c) Deuda en UI: la deuda actualizada se convertirá a Unidades Indexadas a
la fecha de presentación de la solicitud de amparo al régimen de
facilidades.
d) Cuota: la deuda en UI se dividirá en tantas cuotas como meses de
duración posea el convenio. (*)