REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 207 Y SIGUIENTES DE LA LEY 19.889, POR EL CUAL SE ESTABLECIO LA DENOMINADA "REGLA FISCAL"




Promulgación: 15/09/2021
Publicación: 21/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículos 207, 208, 209, 
210, 211 y 212.

CAPITULO I - DEL RESULTADO FISCAL ESTRUCTURAL

Artículo 2

   Organismo responsable.

   El Resultado Fiscal Estructural será calculado por el Ministerio de Economía y Finanzas, sobre la base de la metodología y procedimientos que se establecen en el presente Decreto.

   El detalle de la metodología de cálculo del Resultado Fiscal Estructural y el Resultado Efectivo obtenido para cada año fiscal serán publicados por el Ministerio de Economía y Finanzas de conformidad a lo indicado en el artículo 4° del presente Decreto, y deberán estar disponibles en el sitio web de la institución.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
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