SECCIÓN IV - ECONOMÍA Y EMPRESAS PÚBLICAS CAPÍTULO I - REGLA FISCAL
Artículo 210
(Institucionalidad Fiscal).- Con la finalidad de fortalecer la institucionalidad fiscal, el Poder Ejecutivo, a iniciativa del Ministerio de Economía y Finanzas, designará un Comité de Expertos cuya función principal será proveer los insumos para realizar los cálculos del balance estructural. También designará un Consejo Fiscal Asesor, de carácter técnico, honorario e independiente, a los efectos de asesorar al Ministro de Economía y Finanzas en materia de política fiscal. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 315/021 de 15/09/2021.