Decláranse comprendidos en los beneficios establecidos en el inciso 2º del artículo 20 de la ley 7986 de 26 de Agosto de 1926, a todas las personas con derecho a jubilación que realicen habitualmente tareas que los expongan a las radiaciones de Rayos X o Radium, cualquiera sea la Caja que administre su derecho jubilatorio. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo:7.
Ver: Ley Nº 13.192 de 12/11/1963 artículo 1 (interpretativo).
Las personas comprendidas en la presente ley, que adquieran lesiones profesionales crónicas e incurables, tendrán derecho al goce de la pasividad íntegra que les hubiera correspondido con 15 años de servicios efectivos.
El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Salud Pública, designará una Comisión para que estudie y reglamente las condiciones de protección y seguridad del personal que manipula con Rayos X y Radium comprendidos en la presente ley, así como las medidas de profilaxis para evitar las lesiones profesionales. Esta Comisión deberá expedirse en el plazo de 6 meses. La vigilancia del cumplimiento de esa reglamentación corresponderá a la Dirección de Radiología del Ministerio de Salud Pública.
Los beneficiados por esta ley, denunciarán dentro del término de tres meses, contados desde la fecha de promulgación de esta ley, los años que han estado expuestos a las radiaciones consideradas peligrosas y en qué instituciones han realizado estos servicios. Sin perjuicio de esa disposición las autoridades de éstas deberán testimoniar, bajo su responsabilidad, los servicios prestados por esas personas, cuando ellas se acojan a la jubilación.
Las bonificaciones de servicio concedidas por esta ley y las que se cconcedan en el futuro devengarán el aporte del Estado o patronal y el montepío correspondiente calculado sobre el sueldo respectivo y por el tiempo ficto computado reintegrándose las sumas adeudadas por tal concepto, sin recargos y en las condiciones establecidas en las leyes respectivas.
Los afiliados a que se refiere esta ley, cuando computen treinta años de servicios, si desearen continuar en el cargo sólo abonarán aportes simples.