CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION AGROPECUARIA - POLITICA AGROPECUARIA




Promulgación: 06/10/1989
Publicación: 31/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 28

   La persona jurídica que se crea será continuadora de los cometidos y
atribuciones asignados al Centro de Investigaciones Agrícolas "Alberto
Boerger" con exclusión de los relativos al contralor del cumplimiento de
disposiciones legales y reglamentarias, que continuarán a cargo del Poder
Ejecutivo o del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, según
corresponda.
   El Poder Ejecutivo, dentro de los noventa días siguientes a la
instalación de la Junta Directiva del Instituto, determinará la forma y
alcance de lo dispuesto precedentemente. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 233/990 de 23/05/1990.
Ver en esta norma, artículo: 30.
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