LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES




Promulgación: 04/09/1989
Publicación: 01/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 190
Reglamentada por: Decreto Nº 335/990 de 26/07/1990.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
SECCION XII - DE LA FUSION Y DE LA ESCISION

Artículo 117

   (Operaciones asimiladas). Se considerará comprendida en las normas de
esta Sección la operación por la que una sociedad disolviéndose o no,
trasmita una o más cuotas partes de su patrimonio a una sociedad o a
sociedades existentes o participe con ella o ellas, en la creación de una
nueva sociedad.
   Asimismo, la sociedad que trasmita parte de su activo a una sociedad
existente podrá convenir con ésta que la operación quedará sometida a las
disposiciones de esta Sección. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 136.
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