Autorízase a la Dirección Nacional de Bomberos a crear grupos de
Bomberos Auxiliares con ciudadanos que deseen cooperar en planes de ayuda
o activamente en el combate de los siniestros. La reglamentación
determinará los sistemas de selección, entrenamiento y apoyo a otorgar a
sus integrantes. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por:
Decreto Nº 534/005 de 26/12/2005,
Decreto Nº 256/002 de 09/07/2002.