Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.383 de 10/06/1975.
AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Visto: la ley 14.383 de 10 de junio de 1975 y la gestión por la que la
Dirección General de Aviación Civil del Uruguay propone se reglamente la
ejecución de la normas en vista.
Resultando: I) Que dicha ley instituye un premio anual a ser otorgado por
la Dirección General de Aviación Civil del Uruguay a la persona física o
jurídica, que se haya hecho acreedora a tal mención honorífica por la
labor efectuada en pro del fomento y desarrollo de la Aviación Civil y de
las actividades vinculadas a la misma;
II) Que es pertinente que la Dirección General de Aviación Civil del
Uruguay disponga del asesoramiento que a tal fin está capacitado para
otorgar el Comité Nacional de Homenaje a la Aviación Civil del Uruguay, a
los fines de mejor proveer.
Atento: a lo informado por la Dirección General de Aviación Civil del
Uruguay, a lo preceptuado por el artículo 168º numeral 4º de la
Constitución de la República, al artículo 4º de la ley 14.383 del 10 de
junio de 1975 y al dictamen del Asesor Letrado del Ministerio de Defensa
Nacional.
El Presidente de la República
DECRETA:
El premio instituido por la ley 14.383 del 10 de junio de 1975, consistirá
en un objeto de arte confeccionado de conformidad con las directivas que
establezca la Dirección General de Aviación Civil del Uruguay con el
asesoramiento a que se refiere el Resultando 2º de la parte expositiva del
presente decreto. (*)
Encomiéndase al Comité Nacional de Homenaje a la Aviación Civil del
Uruguay, el estudio y asesoramiento a la Dirección General de Aviación
Civil para la ejecución de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la ley
que se reglamenta. (*)
La Dirección General de Aviación Civil del Uruguay designará anualmente
con el asesoramiento a que se refiere el artículo 2º del presente decreto,
la persona física o jurídica, que se haya hecho acreedora, al premio a que
alude el artículo 1º.
El premio a que se refiere el artículo 1º del presente decreto, será
entregado en acto público, el "Día de la Aviación Civil", 22 e enero,
conjuntamente con el documento que acredita el discernimiento del mismo.