Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.383 de 10/06/1975.
Artículo 2
Encomiéndase al Comité Nacional de Homenaje a la Aviación Civil del
Uruguay, el estudio y asesoramiento a la Dirección General de Aviación
Civil para la ejecución de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la ley
que se reglamenta. (*)