Reglamentario/a de:
Ley Nº 17.555 de 18/09/2002 artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y
47,
Ley Nº 13.892 de 19/10/1970 artículo 421.
Artículo 22
los artículos 40º a 46º de la ley que se reglamenta regirán a partir del
día 10 de febrero de 2003.-
El presente Decreto regirá para las operaciones de exportación
registradas ante la Dirección Nacional de Aduanas a partir del 10 de
febrero de 2003.-