GRUPO DE DIRECCION Y SUPERVISION. El personal del nivel de jefatura,
percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la Escala
Patrón Unica que se indican:
DENOMINACION DEL CARGO GRADO E.P.U.
Jefe de Unidad III 41
Jefe de Unidad II 50
Jefe de Unidad I 54
Jefe de Departamento II 54
Jefe de Departamento I 56
Cuando el personal comprendido en el cargo de Jefe de Unidad III de este
grupo le correspondiese una remuneración mensual inferior a la que
resultase por su antigüedad, de acuerdo a la escala del artículo 52,
se fijará su remuneración por aplicación de dicho artículo.
Este procedimiento se aplicará computando como antigüedad la que
corresponda desde el ingreso a la actividad bancaria. (*)