APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1995




Promulgación: 29/12/1995
Publicación: 08/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

    GRUPO DE SERVICIOS GENERALES. El personal del grupo de Servicios
Generales percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la
Escala Patrón Unica que se indican:

        DENOMINACION DEL CARGO   GRADO E.P.U.
        Auxiliares de Servicio III      5
        Auxiliares de Servicio II       10
        Auxiliares de Servicio I        20
        Encargado de Turno              41

Cuando al Personal comprendido en este grupo le correspondiese por
aplicación de esta escala una remuneración mensual inferior a la que
resultase por su antigüedad, de acuerdo a la escala del artículo 51,
se fijará su remuneración por aplicación de dicho artículo.
Este procedimiento se aplicará computando como antigüedad la que
corresponda desde el ingreso a la actividad bancaria.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 12, 13, 49 y 85.
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