Promulgación: 01/07/1976
Publicación: 14/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el decreto 844/975 de fecha 6 de noviembre de 1975 que establece el Presupuesto vigente para 1975 de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.

   Considerando: I) Que el Ente presentó en tiempo al Poder Ejecutivo la apertura programática de los planos Operativos y de Inversiones de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4.o del referido decreto 844/975;

   II) Que en la apertura programática elevada, el monto de los rubros no coincide con la asignación global autorizada por el decreto de referencia;

   III) Que en virtud de ello, y a juicio de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto es conveniente precisar en un nuevo decreto las cifras definitivas para el ejercicio 1975 conforme a su apertura programática correspondiente,

   IV) Que coincide que en la misma instancia de ser considerada la apertura programática, el Ente solicita, asimismo, diversas modificaciones presupuestales a tales rubros, respecto de las cuales la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha producido su informe:

   V) Que en virtud de lo anterior, por razones de practicidad se autoriza una apertura programática que toma en consideración las mencionadas modificaciones presupuestales;

   VI) Que dado el atraso con que los organismos han venido elevando al Poder Ejecutivo sus iniciativas presupuestales, a los que no escapa la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, los presupuestos de las empresas públicas se han venido aprobando con una demora más allá de lo conveniente;

   VII) Que es propósito del Poder Ejecutivo normalizar este tipo de situaciones inconvenientes mediante autorizaciones globales para gastos, discriminadas por rubros cuya apertura programática deberá ser presentada por cada Ente en un plazo perentorio, de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes;

   VIII) Que en virtud de lo expuesto precedentemente, se ha elaborado con intervención de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto las asignaciones presupuestales globales para los programas operativos de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas vigentes para el ejercicio 1976.

   Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República y al dictamen del Tribunal de Cuentas.

   El Presidente de la República,

                                DECRETA:

Artículo 1

   A partir del 1.o de enero de 1975 modifícanse las asignaciones del Presupuesto operativo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas establecidas por el artículo 1.o del decreto 864/975, de fecha 6 de noviembre de 1975, las que quedan fijadas en la cantidad total de N$ 189:475.462 distribuidas de acuerdo a los siguientes Programas, Rubros y Renglones:


                                N$          N$          N$        N$

PROGRAMA OPERATIVO ........                                    189:475.462

Programa: 1.0 Generación y Trasmisión               79:574.083


Rubro  Denominación

0     Retribución de 
      Servicios Personales ..           7:801.216

 010  Sueldos cargos
      presupuestados ....   8:016.263
 021  Personal contratado     323.432
 032  Prima por antigüedad    122.745
 041  Jornales corrientes     537.404
 072  Compensaciones tareas 
      extraordinarias       1:504.168
 073  Compensaciones tareas
      especializadas            6.900
 074  Compensación por 
      régimen dedicación 
      total ..............    194.035
 075  Decreto 358/975 ....    383.257
 079  Otras compensaciones  1:182.180
 089  Otros complementos       24.450
 091  Incremento por 8 
      horas ..............        407
 092  Personal adscripto a
      Dirección ..........        -
 093  Profes. del Interior        367
 095  Locomoción .........     22.412
 071  Aguinaldo ..........    483.191
                            __________


1    Servicios no Personales             
2    Materiales y artículos
     de consumo ..........                 2:283.760
3    Maquinaria, equipo y 
     mobiliario ..........                64:205.080
5    Const. Adición. Mejoras
     y Reparac. Extraord.                  2:043.796
6    Cargas Legales y
     Prestaciones de carácter
     Social .................                 -


 611  Impuestos Nacionales                  2:298.992
 613  Aporte Patronal 
      Jubilatorio .........      113.594
 623  Prestaciones por 
      Hogar Constituido        1:581.000
 624  Prestaciones por Hijos     315.956
 625  Prestaciones por 
      Fallecimiento              223.778
 628  Prima por Nacimiento         -
 629  Prima por Matrimonio         1.745
 631  Riesgo Quirúrgico              950
 632  Salario Vacacional          79.070
 633  Premio Retiro              982.899
 634  Contr.  Parque 
      Vacaciones                     -

7     Transferencias ......       _______
8     Desembolsos Financieros                   241.239

                                               _________

Programa: 1.1 Distribución de Energía Eléctrica y Operación 
               de Centrales Diesel                           40:105.908


Rubro  Denominación

0     Retribución de 
      Servicios Personales ..           13:911.352

 010  Sueldos cargos
      presupuestados ....   
 021  Personal contratado   5:701.089
 032  Prima por antigüedad    466.242
 041  Jornales corrientes     314.500
 072  Compensaciones tareas 
      extraordinarias       2:157.754
 073  Compensaciones tareas
      especializadas        1:213.743  
 074  Compensación por 
      régimen dedicación 
      total ..............        250
 075  Decreto 358/975 ....    313.262
 079  Otras compensaciones    946.327
 082  Quebrantos de Caja    1:352.837
 083  Comisiones de 
      Cobranza ..........     150.300
 089  Otros complementos      190.046
 091  Incremento por 8 
      horas ..............    207.585
 092  Personal adscripto a
      Dirección ..........        567       
 093  Profes. del Interior      2.802
 095  Locomoción .........        275      
 071  Aguinaldo ..........        138
                            
1    Servicios no Personales  893.635             
2    Materiales y artículos
     de consumo ..........     _______
3    Maquinaria, equipo y 
     mobiliario ..........                 5:788.040
5    Const. Adición. Mejoras
     y Reparac. Extraord.                  7:885.280
6    Cargas Legales y
     Prestaciones de carácter
     Social .................                 -


 611  Impuestos Nacionales                  5:995.764
 613  Aporte Patronal 
      Jubilatorio .........                   _______
 623  Prestaciones por 
      Hogar Constituido          210.098
 624  Prestaciones por Hijos   2:865.833
 625  Prestaciones por 
      Fallecimiento              831.159
 628  Prima por Nacimiento       592.605
 629  Prima por Matrimonio          -         
 631  Riesgo Quirúrgico            5.088
 632  Salario Vacacional           2.777
 633  Premio Retiro              193.438
 634  Contr. Parque 
      Vacaciones                1:294.766

7     Transferencias ......       -
8     Desembolsos Financieros    _____               
                                                689.372
                                               _________ 


Programa:1.3 Servicios Auxiliares                         13:706.435


Rubro  Denominación

0     Retribución de 
      Servicios Personales ..            3:838.736

 010  Sueldos cargos
      presupuestados ....   1:723.694
 021  Personal contratado      85.421
 032  Prima por antigüedad     75.000
 041  Jornales corrientes     598.205
 072  Compensaciones tareas 
      extraordinarias         462.194
 073  Compensaciones tareas
      especializadas             -  
 074  Compensación por 
      régimen dedicación 
      total ..............     56.031   
 075  Decreto 358/975 ....    135.116
 079  Otras compensaciones    466.084
 082  Quebrantos de Caja        -
 083  Comisiones de 
      Cobranza ..........       -
 089  Otros complementos        5.094
 091  Incremento por 8 
      horas ..............      -
 092  Personal adscripto a
      Dirección ..........      3.260       
 093  Profes. del Interior       -
 095  Locomoción .........       -       
 071  Aguinaldo ..........     228.637
                              _________

1    Servicios no Personales               2:576.600             
2    Materiales y artículos
     de consumo ..........                 4:812.960  
3    Maquinaria, equipo y 
     mobiliario ..........                   720.912
5    Const. Adición. Mejoras
     y Reparac. Extraord.                      -
6    Cargas Legales y
     Prestaciones de carácter
     Social .................               1:608.402 


 611  Impuestos Nacionales       65.987
 613  Aporte Patronal 
      Jubilatorio .........     782.783             _______
 623  Prestaciones por 
      Hogar Constituido         224.463
 624  Prestaciones por Hijos    134.089
 625  Prestaciones por 
      Fallecimiento                -
 628  Prima por Nacimiento        1.449     
 629  Prima por Matrimonio          791         
 631  Riesgo Quirúrgico          50.389    
 632  Salario Vacacional         348.451  
 633  Premio Retiro                 -
 634  Contr. Parque 
      Vacaciones                    -
                                  ________

7     Transferencias ......      148.825
8     Desembolsos Financieros       - 
                                 _________               
                                              
                                 

Programa:1.4 Auxiliar de Administración General        21:331.427

Rubro  Denominación

0     Retribución de 
      Servicios Personales ..           10:482.765 

 010  Sueldos cargos
      presupuestados ....   4:226.308
 021  Personal contratado   2:213.724   
 032  Prima por antigüedad    192.000
 041  Jornales corrientes     187.448
 072  Compensaciones tareas 
      extraordinarias       1:160.335
 073  Compensaciones tareas
      especializadas           44.825  
 074  Compensación por 
      régimen dedicación 
      total ..............    169.111   
 075  Decreto 358/975 ....    518.374
 079  Otras compensaciones    647.919
 082  Quebrantos de Caja       91.000
 083  Comisiones de            
      Cobranza ..........     296.454
 089  Otros complementos       34.332
 091  Incremento por 8 
      horas ..............     36.777 
 092  Personal adscripto a
      Dirección ..........     23.431       
 093  Profes. del Interior       -
 095  Locomoción .........      4.075        
 071  Aguinaldo ..........     636.653
                              _________

1    Servicios no Personales               2:966.500             
2    Materiales y artículos
     de consumo ..........                 1:226.000  
3    Maquinaria, equipo y 
     mobiliario ..........                    86.000
5    Const. Adición. Mejoras
     y Reparac. Extraord.                      -
6    Cargas Legales y
     Prestaciones de carácter
     Social .................              6:248.682  


 611  Impuestos Nacionales    2:133.813 
 613  Aporte Patronal 
      Jubilatorio .........   2:123.780
 623  Prestaciones por 
      Hogar Constituido         410.024         
 624  Prestaciones por Hijos    355.800
 625  Prestaciones por 
      Fallecimiento             160.000
 628  Prima por Nacimiento        2.924     
 629  Prima por Matrimonio        1.596         
 631  Riesgo Quirúrgico          60.375    
 632  Salario Vacacional         893.420   
 633  Premio Retiro               57.000 
 634  Contr. Parque 
      Vacaciones                  50.000
                                  ________

7     Transferencias ......      342.400
8     Desembolsos Financieros       - 
                                 _________               
                                              

Programa: 3 Operaciones Financieras                      34:736.619


Rubro     Denominación

1     Servicios no Personales ....             4:736.619
8     Desembolsos Financieros ....            30:000.000
                                              __________   ___________  












Artículo 2

   A partir del 1.o de enero de 1975 modifícanse las asignaciones del Presupuesto de Inversiones de las Usinas y Trasmisiones Eléctricas establecidas por los artículos 2.o y 6.o del decreto 844/975 de fecha 6 de noviembre de 1975, las que quedan fijadas en la cantidad de N$ 91:676.448 distribuidas de acuerdo a los siguientes Programas, Rubros y Renglones:


                                    N$         N$        N$        N$

PROGRAMA DE INVERSION                                          91:676.448       


Programa: 2.0 Generación y Trasmisión de 
          Energía Eléctrica ...........             40:737.034


Rubro  Denominación

0     Retribución de 
      Servicios Personales ..              936.927

 010  Sueldos cargos
      presupuestados ....     522.918
 021  Personal contratado      31.149
 032  Prima por antigüedad     18.230
 041  Jornales corrientes      68.765
 072  Compensaciones tareas 
      extraordinarias          32.828
 074  Compensación por 
      régimen dedicación 
      total ..............     18.847
 075  Decreto 358/975 ....     74.997
 079  Otras compensaciones     48.288
 082  Quebrantos de Caja         -
 083  Comisiones de 
      Cobranza ..........        - 
 089  Otros complementos        2.037
 071  Aguinaldo ..........    118.868  
                            
1    Servicios no Personales               1:103.440             
2    Materiales y artículos
     de consumo ..........                   754.884 
3    Maquinaria, equipo y 
     mobiliario ..........                33:143.529 
4    Adquisición de Inmuebles
     y Equip. Existentes                        -
5    Const. Adición. Mejoras
     y Reparac. Extraord.                  4:274.700
6    Cargas Legales y
     Prestaciones de carácter
     Social .................                415.947
                                            _________
 
 611  Impuestos Nacionales        22.273          
 613  Aporte Patronal 
      Jubilatorio .........      189.000           
 623  Prestaciones por 
      Hogar Constituido           45.744
 624  Prestaciones por Hijos      34.423
 625  Prestaciones por 
      Fallecimiento                 -
 628  Prima por Nacimiento           195
 629  Prima por Matrimonio           107         
 631  Riesgo Quirúrgico           11.414  
 632  Salario Vacacional         112.791
 633  Premio Retiro                 -              
 634  Contr. Parque 
      Vacaciones                    -
                                 ________
                       
7     Transferencias ......                    107.607
                                               ________ 

Programa: 2.1 Distribución de Energía                     47:792.787


Rubro  Denominación

0     Retribución de 
      Servicios Personales ..             1:091.804 

 010  Sueldos cargos
      presupuestados ....     255.008
 021  Personal contratado      58.374
 032  Prima por antigüedad     46.315
 041  Jornales corrientes     246.184
 072  Compensaciones tareas 
      extraordinarias          47.849
 074  Compensación por 
      régimen dedicación 
      total ..............     58.068
 075  Decreto 358/975 ....    194.013 
 079  Otras compensaciones    123.267 
 082  Quebrantos de Caja          200
 083  Comisiones de 
      Cobranza ..........         509 
 089  Otros complementos        1.070
 071  Aguinaldo ..........     60.947  
                               _______                            

1    Servicios no Personales               3:312.760             
2    Materiales y artículos
     de consumo ..........                 4:262.960 
3    Maquinaria, equipo y 
     mobiliario ..........                34:626.720 
4    Adquisición de Inmuebles
     y Equip. Existentes                      211.000
5    Const. Adición. Mejoras
     y Reparac. Extraord.                  3:542.600
6    Cargas Legales y
     Prestaciones de carácter
     Social .................                619.260
                                            _________
 
 611  Impuestos Nacionales        45.768
 613  Aporte Patronal 
      Jubilatorio .........      219.775           
 623  Prestaciones por 
      Hogar Constituido           95.520
 624  Prestaciones por Hijos      64.320
 625  Prestaciones por 
      Fallecimiento                 -
 628  Prima por Nacimiento           726
 629  Prima por Matrimonio           396         
 631  Riesgo Quirúrgico            5.855  
 632  Salario Vacacional         186.900
 633  Premio Retiro                 -              
 634  Contr. Parque 
      Vacaciones                    -
                                                       
7     Transferencias ......      125.683
                                 ________    

Programa: 2.3 Servicios Auxiliares y Adm. General            
                                                
Rubro     Denominación 

2    Materiales y artículos
     de consumo ..........                   18.000
3    Maquinaria, equipo y 
     mobiliario ..........                2:404.627
4    Adquisición de Inmuebles
     y Equip. Existentes                    200.000
5    Const. Adición. Mejoras
     y Reparac. Extraord.                   524.000
                                           _________    ________   

Artículo 3

   Las retribuciones personales establecidas en los artículos precedentes, comprenden los aumentos del 15%, de N$ 30.00 por funcionario y 22% fijados por los decretos 218/975, 391/975 y 1/976 respectivamente.

Artículo 4

   Autorízase al Ente a ejecutar con cargo al Plan de Inversiones 1975, los créditos comprometidos al 31 de diciembre de 1974 correspondientes al Plan de Inversiones de ese año, hasta un monto de N$ 14:632.870,
Dicha autorización sólo podrá afectarse para dar incorporación a aquellos materiales que se hubieran recibido durante el ejercicio 1975.

Artículo 5

   A partir del 1.o de enero de 1976 regirán las siguientes asignaciones presupuestales a nivel global para los programas operativos de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas:

Rubro         Denominación                           Monto N$

 0       Retribuciones personales  .........       45:449.543
 1       Servicios no personales ...........       26:191.123
 2       Materiales y artículos de consumo .      101:246.632
 3       Maquinaria y equipo ...............       12:479.186
 6       Cargas legales y prestaciones .....       16:696.442
 7       Transferencias ....................        1:173.274
 8       Desembolsos financieros ...........       31:096.966
 9       Asignaciones globales .............        1:000.000
                                                   ___________

                                                   235:933.166

R1 rubro "0" "Retribuciones Personales" contiene el aumento del 22%.

Artículo 6

   Durante el ejercicio 1976 la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas podrá cumplir con su programa de Inversiones hasta la suma de N$ 84:344.585 comprendiendo dicho monto el costo de la mano de obra por:

Rubro         Denominación                             Monto $

 0        Retribuciones personales .........          2:592.500 
 6        Cargas legales y prestaciones ....            996.935

Artículo 7

   La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas dispondrá la distribución de las partidas del Plan Operativo de acuerdo a la apertura programática y a nivel de rubros y renglones de acuerdo a lo establecido en el decreto 452/967 del 25 de julio de 1967 y la comunicará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en un plazo de treinta días a partir de la fecha de publicación de este decreto. En igual plazo deberá comunicar la apertura por proyecto y obras y con detalle de asignación por rubro y renglón cuando corresponda, de la inversión que se autoriza.

Artículo 8

   Mantendrán su vigencia para 1976 las normas de ejecución presupuestal aprobadas para el presupuesto UTE/ANTEL 1974, salvo las que rigieran especialmente para ese ejercicio, lo establecido en el artículo 13 del decreto 111/975 de fecha 4 de febrero de 1975, no podrá sobrepasar las partidas autorizadas por el presente decreto.

Artículo 9

   De acuerdo al sistema de información que establezca la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para evaluación de gestión la Administración Nacional de Trasmisiones Eléctricas deberá remitir a aquellas los estados analíticos de ejecución presupuestal con la frecuencia que aquel sistema determine.

Artículo 10

   El Ente, podrá disponer de las economías que se originen en las vacantes durante el ejercicio 1975 hasta un 75%, y por igual concepto podrá disponer de hasta un 50% para el ejercicio 1976.
   A los efectos de determinar el importe del porcentaje que deberá deducirse de la asignación del rubro de Retribuciones Personales, las vacantes se costerán al último grado del Escalafón correspondiente.

Artículo 11

   Comuníquese, publíquese, etc.

  DEMICHELI - ADOLFO CARDOSO GUANI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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