Promulgación: 01/07/1976
Publicación: 14/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 9

   De acuerdo al sistema de información que establezca la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para evaluación de gestión la Administración Nacional de Trasmisiones Eléctricas deberá remitir a aquellas los estados analíticos de ejecución presupuestal con la frecuencia que aquel sistema determine.
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