El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículos 173, 175, 176, 177 y 178,
Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 285,
Ley Nº 13.640 de 26/12/1967 artículo 137.
REGISTRO
Artículo 11
La persona física o jurídica que hubiere obtenido el registro de cualquier alimento para animales podrá transferirlo a favor de otra, siempre que ambas lo soliciten, cumpliendo el procedimiento previsto por la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) para estos casos.