JUNTA ASESORA EN MATERIA ECONOMICO FINANCIERA DEL ESTADO




Promulgación: 12/11/1999
Publicación: 19/11/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1171
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.060 de 23/12/1998 artículos 4, 10, 11, 12, 
13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19.

CAPITULO I - DE LA JUNTA ASESORA EN MATERIA ECONOMICO FINANCIERA DEL
ESTADO

Artículo 10

 Prohíbese a los miembros de la Junta Asesora formular declaraciones
públicas acerca de las opiniones vertidas en las actuaciones judiciales
preliminares al proceso penal en el que son llamados a asesorar.
Igual prohibición recaerá en la etapa sumarial del proceso penal mientras
que el informe no estuviere a disposición del magistrado.
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