Cométese al Instituto Nacional de Carnes (INAC) la implementación del RUNEC, quedando encargado de definir las actividades y requisitos para la inscripción en dicho registro y su mantenimiento, de manera que permita acompasarlos con la evolución de las formas de comercialización y los cambios tecnológicos. Los datos proporcionados por las empresas, tendrán el carácter de declaración jurada. Será requisito indispensable para la inscripción la constitución de un domicilio electrónico por parte de las personas físicas y jurídicas, el cual se establece corno medio de notificación válida sin perjuicio de la normativa vigente.