REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 1°, 2°, 3° Y 4° DE LA LEY 19.932, REGLAMENTARIA DE LOS ARTS. 37 Y 38 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA




Promulgación: 21/12/2020
Publicación: 23/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.932 de 21/12/2020 artículos 1, 2, 3 y 4.
   VISTO: lo dispuesto en los artículos 1° a 4° de la Ley N° 19.932, de 21 de diciembre de 2020;

   RESULTANDO: I) que por la referida normativa se limita transitoriamente por razones de salud pública el derecho de reunión consagrado en el artículo 38 de la Constitución de la República;

   II) que la mencionada norma legal facultó al Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios competentes y a los Gobiernos Departamentales en sus respectivas jurisdicciones, a disponer el cese de aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario, así como de las reuniones que se realicen en contravención de las medidas sanitarias y de los protocolos dispuestos por la autoridad competente;

   CONSIDERANDO: que corresponde dictar al acto administrativo que reglamente la referida normativa a los efectos de su debida ejecución, coordinando y precisando las acciones de los diversos organismos públicos en la materia.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   La limitación transitoria por razones de salud pública dispuesta al derecho de reunión consagrado por el artículo 38 de la Constitución de la República, refiere a las aglomeraciones de personas que generen un notorio riesgo sanitario, entendiéndose como tales la concentración, la permanencia o circulación de personas, en espacios públicos o privados de uso público, en las que no se respeten las medidas de distanciamiento social sanitario, ni se utilicen los elementos de protección personal adecuados, tales como tapabocas, mascarillas y protectores faciales, según el caso, destinados a reducir la propagación de enfermedades contagiosas.

   LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL
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