REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 17, 58, 59 Y 60 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 03/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.

TÍTULO TERCERO
INSTITUTO DE POSGRADOS UNIVERSITARIOS Y ESTUDIOS SUPERIORES
CAPÍTULO I MISIÓN Y FINALIDAD

Artículo 98

   Capacitación Policial. Son las prácticas educativas formales o no formales, diseñadas para brindar herramientas de trabajo técnico específico relacionado con la seguridad pública, a ciudadanos ya formados en la temática, dotándolos de las capacidades necesarias para el ejercicio de la profesión y actualizándolos en los avances tecnológicos y del conocimiento, las dinámicas sociales y el accionar delictivo. Ley 19.188 de 7 de enero de 2014.
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