El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.
TÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO IV
JEFATURA ACADÉMICA DEL JEFE DE LA BEDELIA
Artículo 45
La bedelía tiene las siguientes funciones:
a) Centralizar la gestión de trámites para estudiantes, docentes y egresados.
b) Efectuar el control diario de asistencia de alumnos en aulas y/o praxis.
c) Confeccionar las libretas docentes, actas de exámenes, listados de alumnos y toda aquella documentación que sea necesaria para el desarrollo de la actividad académica.
d) Recepcionar y controlar la justificación de inasistencias de los alumnos a clases y exámenes.
e) Controlar la asistencia a clases y exámenes del personal Docente, como también el cumplimiento del horario asignado a los mismos e informar diariamente al Jefe Académico, las novedades de licencias, tardanzas, inasistencias y toda novedad que surja de los mismos.
f) Tramitar y expedir constancias de alumnos.
g) Informar y notificar a docentes y alumnos de las novedades, comunicaciones o todo aquello dispuesto por la Dirección.
h) Publicar y notificar las grillas horarias, calendarios de exámenes, resoluciones y toda aquella información referente a la Jefatura Académica.
i) Administrar y revisar las aulas, apertura y cierre de las mismas, controlar su estado de conservación, orden y limpieza, conexión y desconexión de equipos, iluminación, ubicación de llaves, etc.
j) Informar roturas, faltantes y problemas materiales que se produzcan en las aulas, subsanando en su caso las deficiencias o dando aviso de las anomalías observadas.
k) Proveer a los docentes los insumos necesarios para el dictado de las clases
l) Proveer a docentes el equipamiento tecnológico necesario para el desarrollo de las clases, exámenes, cursos, presentaciones de trabajos finales, etc.; realizando el traslado de instrumentos, equipos o material de trabajo hasta el lugar de donde se desarrollaran los mismos.
m) Elaborar listado de horas de clase dictadas para la liquidación correspondiente.
n) Realizar y registrar los promedios correspondientes a los alumnos.
ñ) Tramitar títulos, certificaciones y escolaridades.
o) Cumplir con cualquiera otra tarea afín y semejante a las anteriormente descritas, que le sean encomendadas por la Dirección y resulten necesarias por razones del servicio, y las que señalen otras normas aplicables.