REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 17, 58, 59 Y 60 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 03/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.

TÍTULO SEGUNDO
CAPÍTULO IV JEFATURA ACADÉMICA DEL JEFE
DE LA BEDELIA

Artículo 45

   La bedelía tiene las siguientes funciones:
   a) Centralizar la gestión de trámites para estudiantes, docentes y egresados.
   b) Efectuar el control diario de asistencia de alumnos en aulas y/o praxis.
   c) Confeccionar las libretas docentes, actas de exámenes, listados de alumnos y toda aquella documentación que sea necesaria para el desarrollo de la actividad académica.
   d) Recepcionar y controlar la justificación de inasistencias de los alumnos a clases y exámenes.
   e) Controlar la asistencia a clases y exámenes del personal Docente, como también el cumplimiento del horario asignado a los mismos e informar diariamente al Jefe Académico, las novedades de licencias, tardanzas, inasistencias y toda novedad que surja de los mismos.
   f) Tramitar y expedir constancias de alumnos.
   g) Informar y notificar a docentes y alumnos de las novedades, comunicaciones o todo aquello dispuesto por la Dirección.
   h) Publicar y notificar las grillas horarias, calendarios de exámenes, resoluciones y toda aquella información referente a la Jefatura Académica.
   i) Administrar y revisar las aulas, apertura y cierre de las mismas, controlar su estado de conservación, orden y limpieza, conexión y desconexión de equipos, iluminación, ubicación de llaves, etc.
   j) Informar roturas, faltantes y problemas materiales que se produzcan en las aulas, subsanando en su caso las deficiencias o dando aviso de las anomalías observadas.
   k) Proveer a los docentes los insumos necesarios para el dictado de las clases
   l) Proveer a docentes el equipamiento tecnológico necesario para el desarrollo de las clases, exámenes, cursos, presentaciones de trabajos finales, etc.; realizando el traslado de instrumentos, equipos o material de trabajo hasta el lugar de donde se desarrollaran los mismos.
   m) Elaborar listado de horas de clase dictadas para la liquidación correspondiente.
   n) Realizar y registrar los promedios correspondientes a los alumnos.
   ñ) Tramitar títulos, certificaciones y escolaridades.
   o) Cumplir con cualquiera otra tarea afín y semejante a las anteriormente descritas, que le sean encomendadas por la Dirección y resulten necesarias por razones del servicio, y las que señalen otras normas aplicables.
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