El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.
TÍTULO CUARTO
INSTITUTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL PERSONAL DE LA ESCALA BÁSICA CAPÍTULO IX
DEL DEPARTAMENTO DE LOGISTICA FLOTA AUTOMOTRIZ
Artículo 273
A la Flota Automotriz le corresponderá:
El correcto empleo, mantenimiento y distribución de los móviles a su cargo, y el control de choferes en cuanto al cumplimiento de las disposiciones en vigencia.
Realizar las coordinaciones con el Banco de Seguros del Estado (ADA), y el Departamento de Trasporte del Ministerio del Interior.