REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 17, 58, 59 Y 60 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 03/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.

TÍTULO CUARTO
INSTITUTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL PERSONAL DE LA ESCALA BÁSICA
CAPÍTULO I MISIÓN Y FINALIDADES

Artículo 240

   El Instituto de Formación y Capacitación para el Personal de la Escala Básica "General José Artigas", está destinado a brindar una amplia base de conocimientos a los integrantes de la Escala Básica de la Policía Nacional, que les permita convertirse en Operadores de la Seguridad Pública, y prestar un mejor servicio a la sociedad, y tendrá como misión:
   a) La formación técnico-profesional de la Escala Básica que ingresa en el primer grado del Escalafón Ejecutivo, y de los demás Sub escalafones.
   b) La capacitación de la Escala Básica o, mediante los Cursos y Concursos de Pasaje de Grado.
   c) La divulgación de Cultura General para el personal, cursos de Información y/o especialización en materias de índole policial y otros que eventualmente se puedan desarrollar.
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