El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.
TÍTULO TERCERO
INSTITUTO DE POSGRADOS UNIVERSITARIOS Y ESTUDIOS SUPERIORES CAPÍTULO XIII
DE LOS ESTÍMULOS Y FALTAS DISCIPLINARIAS
Artículo 200
La expulsión de un alumno del Centro educativo deberá ser solicitado al Director Nacional de Educación Policial en informe fundado con expresión de los motivos, no pudiendo excederse a cuatro semestres, el periodo de desvinculación de las actividades académicas.