REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 17, 58, 59 Y 60 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 03/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 17, 58, 59 y 60.

TÍTULO TERCERO
INSTITUTO DE POSGRADOS UNIVERSITARIOS Y ESTUDIOS SUPERIORES
CAPÍTULO VIII DE LAS PRUEBAS Y SU VALORACIÓN
INASISTENCIA A LAS PRUEBAS

Artículo 176

   El alumno que no se presentare a un examen informará por el medio más idóneo al Centro Educativo y dentro de las 24 horas en que se efectuó la prueba, las causas que motivaron su no concurrencia. Debiendo remitir en un plazo no mayor a 48 horas, contados a partir del día siguiente a la fecha del examen, toda la documentación oficial y certificada que justifique su inasistencia, evaluando la Dirección su pertinencia.
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